Absolvieron en Monteros a la joven acusada por la muerte de su bebé y la Justicia habló de violencia obstétrica
El juez Matías Graña absolvió a la joven que había sido acusada de homicidio agravado por la muerte de su bebé recién nacido en Famaillá. Además, cuestionó la actuación del personal médico y ordenó investigar posibles delitos vinculados al caso.
La Justicia determinó que no pudo comprobarse que el bebé haya nacido con vida ni que la joven fuera responsable de su muerte. El fallo también señaló graves irregularidades en la atención médica y calificó el hecho como un caso de violencia obstétrica.
La Justicia absolvió a una joven de 21 años que enfrentaba una grave acusación por la muerte de su bebé recién nacido, ocurrida tras una emergencia obstétrica registrada en noviembre de 2023 en el Hospital Parajón Ortiz de Famaillá. La resolución fue dictada por el juez Matías Graña, quien consideró que durante el proceso no se logró acreditar ni que el bebé hubiera nacido con vida ni que la acusada hubiera provocado su fallecimiento.
La causa había generado una fuerte repercusión pública desde que el Ministerio Público Fiscal imputó a la joven por homicidio agravado por el vínculo, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación. La Fiscalía sostenía que, luego de dar a luz en el baño del hospital, la mujer colocó al recién nacido dentro de una bolsa plástica en un cesto de basura, provocándole la muerte por asfixia.
Sin embargo, durante el juicio surgieron múltiples cuestionamientos sobre la investigación y sobre la atención médica que recibió la paciente. Graña remarcó que la joven ingresó al hospital con fuertes dolores abdominales y que permaneció más de una hora y media sin asistencia médica adecuada. Según señaló, el médico que la atendió inicialmente le diagnosticó una lumbalgia y le administró analgésicos sin realizar estudios para descartar un embarazo avanzado.
“Quedó claro que durante ese tiempo nadie fue a verla y que atravesó un parto en condiciones de total abandono”, sostuvo el magistrado al fundamentar su decisión. Por ese motivo, consideró que el caso encuadra en una situación de violencia obstétrica.
Uno de los puntos centrales del fallo estuvo relacionado con la autopsia practicada al recién nacido. El juez cuestionó la solidez de las conclusiones periciales que indicaban que el bebé había nacido con vida y sobrevivido entre tres y cinco minutos. Según explicó, el informe omitió considerar maniobras de reanimación que podrían haber alterado los resultados y tampoco incorporó estudios complementarios considerados fundamentales para arribar a una conclusión certera.
Además, Graña señaló importantes falencias en la preservación de la escena y en la recolección de pruebas. Entre otras observaciones, destacó que no se realizaron pericias sobre la bolsa donde fue encontrado el bebé ni sobre el cesto de basura, elementos que podrían haber permitido determinar quién manipuló esos objetos.
El magistrado también puso el foco en la situación de vulnerabilidad de la joven y cuestionó que nunca se haya realizado una evaluación psicológica profunda para analizar su estado al momento de los hechos.
Como parte de la resolución, el juez ordenó remitir actuaciones al Ministerio Público Fiscal para que investigue al médico y a la partera que intervinieron en el episodio por una posible violación del secreto profesional.
Tras conocerse la sentencia, la defensa de la joven celebró el fallo y sostuvo que representa un antecedente importante para visibilizar las emergencias obstétricas y evitar que situaciones de este tipo sean abordadas exclusivamente desde una perspectiva penal.
La decisión judicial marca un giro trascendental en uno de los casos más sensibles que atravesó la Justicia tucumana en los últimos años y reabre el debate sobre la atención médica en situaciones de urgencia obstétrica y la protección de los derechos de las mujeres en contextos de extrema vulnerabilidad.











