ANSES recuerda la posibilidad de nombrar apoderados para jubilados y pensionados
El organismo ANSES, dependiente del Ministerio de Capital Humano, informó que tanto jubilados como pensionados pueden designar un apoderado para realizar trámites o percibir sus prestaciones. Asimismo, se contempla la figura del representante especial, que puede ser nombrado por un período determinado cuando el titular se encuentre imposibilitado de movilizarse.
En el caso de que el apoderado sea un familiar, no es necesario solicitar turno previo para efectuar la gestión. Sin embargo, se recomienda verificar en la plataforma Mi ANSES que los datos del titular y su grupo familiar estén correctamente registrados y actualizados. Luego, se debe concurrir a la oficina de ANSES más cercana al domicilio con el DNI y la documentación que acredite el vínculo.
Podrá ser apoderada cualquier persona mayor de 18 años. Además de familiares, los titulares pueden optar por entidades públicas nacionales, provinciales o municipales; mutuales e instituciones de asistencia social; o abogados y procuradores con poder certificado ante escribano. En el caso de personas internadas en hospitales, sanatorios o asilos, se podrá designar al director o administrador de la institución como apoderado.
Para los residentes en el exterior, la normativa permite otorgar poder a un banco habilitado para giros internacionales, con el fin de percibir la jubilación o pensión. Entre las entidades autorizadas se encuentran el Banco de la Nación Argentina, Banco Ciudad de Buenos Aires, Banco Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A. y Banco Comafi S.A.











