Tucumán reafirmó que hoy, Día del Trabajador del Estado, se trabaja
El argumento de Federico Nazur, siguen sin ser claros. Sin embargo, el personas de municipalidades y comunas se encuentran trabajando en sus puestos de trabajo.
Mediante un comunicado oficial, el Gobierno de Tucumán ratificó ayer en la tarde que hoy habría actividad normal para los trabajadores del estado.
"El Gobierno de la Provincia de Tucumán informa que la actividad para los trabajadores del estado en la Provincia se desarrollará con normalidad el día viernes 27 de junio".
El secretario general de la Gobernación, Federico Nazur, había afirmado que “Lo que existía, más que asueto, era un feriado porque había una ley nacional, la número 26.876, que declaraba el día 27 de junio como Día del Trabajador del Estado e indicaba que ese día era de descanso y que se iba a tener como feriado a todos los efectos legales”, informó Nazur.
Asimismo, explicó que esa ley invitaba a las provincias y a las municipalidades a adherir a sus disposiciones. “Es una ley del año 2013. En el año 2017, la provincia de Tucumán adhirió a las disposiciones por Ley Provincial 9020”.
Sin embargo, aclaró, ayer el vocero presidencial (Manuel Adorni) anunció que dicha ley quedaba sin efecto y que se oficializaría en las próximas horas. “Efectivamente, ya está publicado en el Boletín Oficial de la Nación del día de la fecha el decreto de necesidad y urgencia (DNU) número 430, por el cual se deja sin efecto el día de descanso y el feriado, manteniéndose, sí, el 27 de junio como Día del Trabajador del Estado. Pero se trabaja normalmente”, indicó el secretario de la Gobernación.
Por último, Nazur remarcó que “al caer la disposición nacional a la cual Tucumán se encontraba adherida, el día viernes es un día de trabajo normal en la provincia”.
Medida judicial sobre el DNI
A pensar de lo planteado por Nazur, la medida judicial tomada ayer, no se expresa sobre la ley existente desde 2013, sino sobre el DNI emitido en las últimas horas por el actual gobierno nacional, para justamente dejarlo provisoriamente sin efecto.
La jueza Fullana, la misma que había frenado el DNU que limitaba el derecho a huelga, decidió "declarar la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la presente causa".
Por esa razón admitió "la viabilidad formal de la acción de amparo interpuesta e imprimir a la presente causa el trámite contemplado en la ley 16.986, dado que la acción se dirige contra el Poder Ejecutivo Nacional".
La magistrada hizo lugar a la cautelar que se solicitó y suspendió "provisoriamente los efectos del artículo 2° del D.N.U. 430/25 en relación con ATE y los trabajadores representados por dicha entidad gremial hasta tanto se dicte sentencia definitiva".











