Detectan excremento de ratas y de aves junto a mercadería de Desarrollo Social de Tucumán
El Tribunal de Cuentas elaboró un informe tras una auditoría en los depósitos del organismo a cargo de Lorena Málaga. Dan 15 días para resolver la situación.
Una auditoría realizada por el Tribunal de Cuentas (TC) de la Provincia en los depósitos del Ministerio de Desarrollo Social de Tucumán advirtió sobre una serie de situaciones que deberán ser resueltas en lo inmediato por el organismo a cargo de Lorena Málaga. Entre otros puntos, los agentes del ente de contralor detectaron la presencia de excremento de ratas y de aves en la zona donde se guarda mercadería, medicamentos y otros productos destinados a población en estado vulnerable.
Las pautas dictadas por el TC se vieron reflejadas en el acuerdo 3.718, que lleva las firmas de Miguel Terraf (presidente) y de Sergio Díaz Ricci (vocal).
Las actuaciones estuvieron enmarcadas en la auditoría de inventario de bienes en el depósito de calle Güemes 640 del Ministerio de Desarrollo Social, aunque también alcanzaron las instalaciones ubicadas en Lavalle 2.374.
En este último lugar, señala el documento oficial, se constataron "desprendimientos de cielorraso y signos de humedad". Pero no fue la única advertencia que formularon los auditores del Tribunal de Cuentas.
En otro apartado, el informe consigna que en los depósitos de Desarrollo Social "se encuentran almacenados bienes con bajo nivel de rotación, siendo el origen de las compras de una antigüedad prolongada (muletas, sillas de ruedas, bastones, andadores manuales, caños de agua, conectores, etc.)".
En otro punto, además, los auditores reportaron una situación que les llamó la atención. En la estiba de mercadería de algunos productos, cuando desarmaron los pallets, detectaron "que existían espacios vacíos, ocupados con material plástico". Remarcaron que esto "es una práctica utilizada con frecuencia para inducir al error" al momento de "realizar un recuento de acuerdo a base por altura de almacenamiento".
A ello se suma el apartado en el que, según el acuerdo 3.718, "se constata la existencia de excremento de roedores y aves junto al almacenamiento de mercadería comestible".
"Extremar los cuidados de salubridad"
En el descargo efectuado por el Ministerio de Desarrollo Social en el marco de este expediente administrativo, se consignó que cada una de las observaciones "está en vías de ser resuelta".
De todos modos, sobre la base del informe elevado por los auditores, el Tribunal de Cuentas requirió "regularizar" los puntos indicados "en un plazo de 15 días".
Además, advirtieron específicamente con relación a los signos de humedad y al hallazgo de excrementos de animales que "se debe extremar los cuidados de salubridad en el depósito a la mayor brevedad posible". Y pusieron foco en la necesidad de "evitar la existencia de alimañas" en ese lugar, "ya que es utilizado para el almacenamiento de mercadería alimenticia y otras veces de uso medicinal y/o aseo personal.
Un sistema más eficiente de inventarios
Desde lo administrativo, además, el Tribunal de Cuentas instó a que "se implemente un sistema de altas y bajas de mercadería en inventarios", a través de "un sistema informático que resulte más eficiente y que, a su vez, muestre una realidad más cercana a la verdadera existencia dentro de los depósitos". A modo de ejemplo, indicaron el sistema de código de barras "o cualquier otro, el cual no dependa de la convalidación u otorgamiento de un número de resolución de compra, lo cual si bien es necesario, no debería ser un condicionante para dar de alta o de baja a la mercadería, sino más bien este debería ser un dato adicional".
Esto deberá ser efectivizado en un plazo no mayor de 120 días, señala el acuerdo 3.718.
Todo esto fue puesto en conocimiento de la ministra Málaga, agrega el instrumento.
Además, se ordenó "el seguimiento de lo indicado" en los distintos apartados, a través de las áreas correspondientes.
En el articulado de lo resuelto por el ente de contralor, además, se advirtió "que una nueva actitud omisa será interpretada como una obstrucción a las funciones de este Tribunal (de Cuentas), en el sentido establecido en el artículo 133º de la Ley de Administración Financiera". (La Gaceta)