Tucumán adhiere en su totalidad a las medidas: estas son todas las restricciones
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Mediante Twitter, la ministra de Gobierno y Justicia de Tucumán, Carolina Vargas Aignasse, confirmó que la provincia se adherirá plenamente al Decreto de Necesidad y Urgencia emitido por el Gobierno Nacional en la noche del viernes.
"Habiendo tomado conocimiento del Decreto Nacional, en este momento desde el @GobiernoTucumán, estamos elaborando el instrumento de adhesión total al mismo por ser de orden público, respetando la fecha y horario de entrada en vigencia a las 00 horas.
En Tucumán son 10 los departamento que se encunetran en "Alto Riesgo Epidemiológico" y son: Burruyacú, San Miguel, Chicligasta, Cruz Alta, Leales, Lules, Monteros, Río Chico, Tafí Viejo y Yerba Buena, las zonas más críticas de la provincia.
Las Medidas
- Prorrogan medidas vigentes: a las medidas vigentes para alto riesgo y para alarma epidemiologica, se suman: actividades economicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales: Sin presencialidad, en todos los casos que sea posible se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo.
- Permanencia en domicilio: Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.
- Salida de esparcimiento: Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.
- Actividades recreativas: no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.
- Circulación: No se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
- Prohibición de circulación: Desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.
- Gastronomía: Sólo mediante delivery y take away
- Transporte Público: Quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades (1) , los casos especiales, atención de salud y vacunación.
- Permisos: Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular (1) y (2), deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” que las habilite a circular. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.