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24 Abr 2020

Los 11 rubros que volverán a funcionar desde el lunes

El domingo 26 caduca el la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio que se dispuso por el gobierno nacional en Semana Santa, es por ello que se estima que en las próximas horas desde Casa Rosada se informe sobre la renovación y prolongación de la cuarentena para mayo.

Además se espera que se amplíe el listado de actividades exceptuadas y que dentro de las mismas Tucumán ya forme parte. Se recuerda que el presidente Alberto Fenández había indicado que algunos rubros podrían volver a abrir, según lo que indique cada gobernador. En el caso de Tucumán, el primer mandatario, Juan Manzur, resolvió no habilitarlos dentro de la última extensión de aislamiento, porque aún se siguen registrando casos de infectados con COVID-19, lo que obliga a la población permanecer bajo resguardo.

Sin embargo, y partir del nuevo panorama provincial de estos últimos días, si habrá reapertura de algunos sectores. El listado de actividades exceptuadas de la cuarentena en Tucumán, desde el próximo lunes 27, son:
1) Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2) Oficinas de rentas de las provincias y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3) Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4) Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

5) Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6) Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7) Ópticas, con sistema de turno previo.

8) Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9) Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10) Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

11) Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

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