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10 Mar 2018

Nuevo proyecto de ley que intenta evitar la "puerta giratoria" para motochorros

00004La nueva iniciativa llegará a la Legislatura el próximo jueves con algunas variantes sobre la ley vigente, que data de diciembre de 2014 y que no aplica. El objetivo de la nueva ley es el mismo: evitar la "puerta giratoria" en Tribunales de los motochorros, endureciendo el proceso penal.

Entre los cambios que se presentan se contempla dos modalidades de robo que están en boga: los rompevidrios, que atacan a los automovilistas cuando se detienen; y los escruchantes, que aprovechan cuando los dueños de casa salen para meterse y desvalijarlos.

El proyecto lo presentó ayer el titular subrogante de la Cámara, Fernando Juri (PJ), con la firma de los jefes de bloque del oficialismo y de la oposición. Se considera que la propuesta recibirá los votos necesarios para obtener fuerza de ley.

El martes el ministro fiscal, Edmundo Jiménez, en una visita a la sede legislativa de Muñecas 951, entregó el anteproyecto sobre el cual se trabajó para el texto definitivo que se presentará la próxima semana en el recinto de la cámara.

El vicegobernador Osvaldo Jaldo e integrantes del cuerpo colegiado se reunieron al siguiente día con los miembros de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT), Daniel Posse -presidente-, Antonio Gandur y Claudia Sbdar, a quienes pusieron a disposición la iniciativa. Luego del encuentro, Posse manifestó “Como poder del Estado, (la Legislatura) dispone de las facultades para producir los cambios que juzgue correctos. No sabemos si estos serán beneficiosos o no. En su debido momento analizaremos si se ajustan a la Constitución”.

La ley aprobada a fines de 2014 por la Legislatura no varía mucho del nuevo texto presentado, aunque sólo contemplaba a los motochorros y con la actual se ampliaría a otras prácticas delictivas similares. La ley 8.747 autoriza al dictado de la prisión preventiva “en casos de delitos de robo en la vía pública, cuando el hecho implique grave peligro psicofísico para la víctima o cuando sea evidente el aprovechamiento de circunstancias de mayor vulnerabilidad de la víctima, en razón a su edad o condición (menores, ancianos, discapacitados), o por los medios de movilidad utilizados o características del lugar del hecho”. La norma está vigente desde fines de la gestión del ex gobernador, José Alperovich, no es operativa porque se la considera inconstitucional.

El Código Penal Argentino, cuya sanción es competencia del Congreso de la Nación, establece penas de hasta dos años para hurtos y de hasta seis años para robos violentos, por lo que estos delitos son excarcelables, sobre todo si el imputado no registra una condena firme. Si bien existen circunstancias agravantes -como el uso de armas- y en el proceso penal de la Provincia está prevista la detención en flagrancia -que habilitaría la prisión preventiva-, la regla es la libertad del acusado, salvo riesgos de fuga o de entorpecimiento de la pesquisa.

En este marco, los legisladores pretenden añadir dos párrafos al Código Procesal Penal de Tucumán para que jueces y fiscales puedan disponer el arresto provisorio de un motochorro. “Específicamente se podrá dictar prisión preventiva hasta la finalización del proceso para aquellos desapoderamientos cometidos en la vía pública, mediante la utilización de motocicletas o cualquier tipo de transporte o vehículos en general”, señalaron. Además, incluyeron un nuevo agravante: que la víctima sea mujer. Si bien no mencionan a los rompevidrios, entienden que las circunstancias descriptas abarcarían esa modalidad.

Sí figuran los escruchantes. La intención es que sí proceda la prisión preventiva “cuando se cometan desapoderamientos en casas, viviendas, oficinas o lugares cuya residencia sea temporaria, ante la ausencia de los propietarios o sus ocupantes”, expresa el proyecto.

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